Este Tribunal Sexto de Control, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de orden de aprehensión, formulada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en contra de los ciudadanos YORMAN RAMON MARCANO MENDOZA, quien es venezolano, portador de la cédula de identidad No. 16.484.923, residenciado en la Urbanización Campeche, sector 3, calle 8, casa No. 22, Cumaná Estado Sucre, nacido el 01 de febrero de 1985 y de estado civil soltero, JOSE RAMON RONDON, (conocido como CUBITO), indocumentado, residenciado en la Urbanización Campeche, sector 03, calle 13, casa No. 3, Cumaná Estado Sucre y PEDRO MIGUEL GOMEZ, venezolano, nacido el 27 de mayo de 1987, portador de la cédula de identidad No. 18.417.324 y residenciado en la Urbanización Campeche, calle 14, sector 4, casa No. 14, Cumaná Estado Sucre, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional, en grado de complicidad correspectiva, previsto y sancionado en el artículo 405,.....