Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a: LUIS JOSE GUERRA PEREZ, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, de 23 años de edad, nacido en fecha: 05-05-1990, soltero, agricultor, titular de la Cédula de Identidad Número V- 20.565.362, hijo de Inés Milagros Pérez y Jorge Luís Guerra, con domicilio en: El Sector el Hoyo, calle Blanca, Casa S/N, al lado de la plaza de Chavez, Guiria, Parroquia Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por su presunta participación en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 128 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con el artículo 300 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Por cuanto de la revisión de los autos se evidencia que desde la ocurr.....