Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesta por el ciudadano JUAN ANTONIO LUNAR BENÍTEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.660.844, contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CUMANA ESTADO SUCRE quien dicto Acto Administrativo N°157-2018, de fecha 20 de Septiembre 2018, Signado Con El Expediente Nº 021-2018-01-544.. Comuníquese al Inspector del Trabajo, de esta decisión una vez que quede firme la sentencia. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se Mantiene con plenos efectos y vigencia la Providencia Administrativa N°157-2018, De Fecha 20 De Septiembre 2018, contenido en el Expediente Nº 021-2018-01-544, en la cual se declaro SIN LUGAR la solicitud de Reenganche y restitución d.....