CONDENA al ciudadano Edinson Rafael Salazar Marín, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 24.739.903, de 21 años de edad, soltero, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 09-09-92, de oficio estudiante, hijo de los ciudadanos Julio Cesar Salazar y Yelitza Marín, teléfono teléfono 0293-8088215, y residenciado en el barrio la Gran Sabana, calle principal, Savilar, casa S/N, cerca de la bodega de William el Mono, Cumaná, Estado Sucre, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple con Error en la Persona, previsto y sancionado en el artículo 405, en relación al artículo 68 y en concordancia con el artículo 77, numerales 1, 4, 5 y 12, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Edwar José Villarroel Rengel (occiso); a cumplir la pena de ocho (08) años de presidio, más las penas accesorias del artículo 13 del Código Penal; pena que terminará de cumplirse aproximadamente el 20/09/2021. Se mantiene la medida privativa de libertad. Notifíquese a la víctima indir.....