En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida a XXXXXXXXX, quien fue sancionado a cumplir con la medida de cinco (05) años de privación de libertad, y posteriormente sustituida la medida a Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso de un (01) año seis (06) meses y veintiocho (28) días, por la comisión del delito de homicidio intencional calificado, tipificado en el artículo 406 del Código Penal Vigente. y se determino que ha cumplido por siete (07) meses con la medida de libertad asistida, faltándole por cumplir once (11) meses y veintiocho (28) días. En cuanto a la sanción de reglas de conducta ha cumplido hasta el 15-06-2012; seis (06) meses faltándole por cumplir un (01) año, y Veintiocho (28) días. Cómputo que se realiza con fundament.....