En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida cumple la adolescente XXXXXXXXXX; por la comisión del delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; quien debe cumplir la sanción de REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (01) AÑO DOS (02) MESES Y OCHO (08) DIAS, y del cual se determino que ha cumplido de la medida de libertad asistida hasta el mes de marzo 2014 cuatro (04) meses, faltándole por cumplir DIEZ (10) MESES y OCHO (08) DIAS y en relación a la medida de REGLAS DE CONDUCTA ha cumplido desde el 07-12-13 hasta el 23-01-2014 (fecha de la constancia ) un (01) mes y dieciocho (18) días.....