DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano ANTONIO RUPERTO VIZCAINO GARCIA, venezolano, natural de Rió Caribe, de 39 años de edad, nacido en fecha: 26/11/1977, de profesión u oficio Obrero de Construcción, titular de la cedula Nº 16.843.419, de estado civil: Soltero, hijo de Lucinda García y Antonio Vizcaino, residenciado en Barrio Brasil, casa S/N, cerca de la Licorería, al final de calle Libertad, Municipio Arismendi, del Estado Sucre, a cumplir pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el articulo 462 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana NAIRE MARA ACOSTA GUADEZ y MIRNA GUEDEZ, todo de conformidad con l.....