Decreta El Sobreseimiento De La Presente Causa, de conformidad con el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal a favor de PABLO ISRAEL CARREÑO CEDEÑO venezolano, natural de Carúpano, del Estado Sucre, de estado civil: Soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.090.333, nacido en fecha 26-01-82, hijo Carmen Magdalena Cedeño y Silvano Antonio Carreño, de ocupación pescador, y domiciliado en: Marcero, Calle Campo Alegre, Casa S/N, al lado de la medicatura, Parroquia Cristóbal Colon, Municipio Valdez, Estado Sucre y JHONNY DANIEL REINOSA BRICEÑO, venezolano, natural de Carúpano del Estado Sucre, de estado civil: soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.201.979, nacido en fecha 06-05-91, hijo Alejandrina Briceño y padre desconocido, de ocupación pescador y domiciliado en: el palomar, frente al comando, Casa S/N; frente al comando de la guardia, Municipio Valdez, Estado Sucre, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO,.....