DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, Este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de Ley, de conformidad con el articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el articulo 48 ordinal 7°, Declara la extinción de la acción Penal y en consecuencia se decreta el sobreseimiento en la presente causa de conformidad con lo preceptuado en el artículo 318, ordinal 3°, eiusdem, seguida en contra del ciudadano Antonio José Rivero, Venezolano, de 36 años de edad, Titular de la Cedula de identidad N° 10.819.581, nacido el 08-01-71, residenciado en Playa Grande, sector Hato Romar, casa N° 38, municipio Bermúdez del Estado Sucre, hijo de Carla Fortuna Rivero, de profesión Funcionario Policial, seguida en su contra por el delito de Uso Indebido de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 282 del código penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de la Ciudadana Ángela Coromoto Gil Vivas, se i.....