En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por el ciudadano SERGIO JAVIER SUAREZ, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.884.480, contra la ciudadana ARACELIS DEL VALLE ROJAS, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.282.189, de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura del Municipio Bermúdez, Estado Sucre, en fecha 16 de Octubre del Año 1992, lo cual se expresa en acta de Matrimonio N° 7.....