DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR lo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, y decreta la Detención Judicial Preventiva de libertad, en contra del xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; por su presunta participación en los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal Vigente, ROBO AGRAVADO DE VEHÌCULO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en los Arts. 5 y 6 numerales 1,2,3 en relación con el 7 de la Ley sobre Hurto y Robo de vehículo Automotor; en perjuicio de los ciudadanos xxxxxxxxxxxxxxxxxxx a los fines de garantizar su comparecencia a la Audiencia Preliminar; de conformidad con lo previsto en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La presente decisión .....