Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD para los Imputados: PEDRO JESUS AGUILERA CEDEÑO, venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, titular de la cedula de identidad N V- 31.737.106, de 25 años de edad, nacido en fecha 17-12-1.991, de estado civil soltero, profesión u oficio indefinido, hijo de Carmen buen Año cedeño y Pedro Corralero. Residenciado en Sector Guaramita, calle La Capilla, casa S/N, Parroquia Guiria. Y DERWIN JOSE AGUILERA BUENAÑO, venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, titular de la cedula de identidad N V- 26.643.663, de 21 años de edad, nacido en fecha 02-10-1.995, de estado civil soltero, hijo de Sonia del Valle Aguilera (occisa) y apodado cheo Agu.....