Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos formulada por los ciudadanos CARLOS ALEJANDRO RODRIGUEZ OTERO y EMMIS YOLISBETH CALDERIN PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.283.722 y 13.836.098, respectivamente, con fundamento en los Artículos 185, 189 y 190 del Código Civil Venezolano. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL QUE LOS UNE