este Juzgado TERCERO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, articulo 183 de la Ley Orgánica de Drogas, y articulo 115 y 116 de la Constitución De La Republica Bolivariana De Venezuela, niega la confiscación del vehiculo: MODELO: LARIAT XLT 4X2, CLASE: CAMIONETA, TIPO PICK-UP, USO: CARGA; COLOR: BLANCO; PLACAS 31IRAB, AÑO: 1998, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF1WP26039, SERIAL DE MOTOR: WA26039, como pena accesoria a la aplicada al ciudadano HE YANZHI por estimar que de las actuaciones y pruebas traída a la los autos no emerge la intención del ciudadano WAI MAN CHANG, de su participación en el hecho ilícito objeto del proceso penal por el cual resultara condenado el ciudadano HE YANZHI, contra quien individualmente se encontraron suficientes elementos de convicción para atribuirle respon.....