ESTE TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento de admisión de los hechos al ciudadano YORMAN JOSÉ SEQUERA venezolano, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.463.223, soltero, hijo de Carmen del Valle Sequera Mota y Yorman Esteban Sequera, de profesión vigilante privado, nacido en Cumaná, en fecha 18/08/69, residenciado en la Avenida 02, casa N° 36, entre calle 1 y 03, Luis herrera Campins, la morita nueva, San Felipe Estado Yaracuy, teléfono 0254-8038-143- 04262563891, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal en perjuicio de YULI NEREIDA SOTO; a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, previstas en el artículo 16 del Código Penal. Pena ésta que no es posible determinar su cumplimiento p.....