Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta la Extinción de la Acción Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 411 del código Penal, en concordancia con el 217 de la lopnna, en perjuicio de la victima: ELIAN JOSE MARQUEZ (OCCISO, toda vez que los hechos datan del 31-12-2001; en la presente causa seguida al Ciudadano WINDREY JOSE CARREÑO GARCIA, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.612.959 ...