1. En cuanto a las solicitudes de que se oficie. A) La Empresa Compañía Anónima Nacional de Teléfonos de Venezuela (C.A.N.T.V) y a la Institución Financiera Banco Mercantil, a los fines de que la primera, informe si el ciudadano RAFAEL JOSÉ RAMÍREZ ha cobrado o no el 50% de todas las acciones así como de las Prestaciones Sociales y, la segunda, remita a este despacho una relación sucinta de todo el movimiento bancario que mantuvo desde el primer momento y que mantiene hasta la presente fecha el prenombrado ciudadano en la cuenta de ahorro Nº 0068-21564-9, este Juzgado se abstiene por ahora de proveer al respecto, por considerar que lo peticionado por el apoderado actor, se corresponde a lo que es la prueba de informe, la cual debe solicitarse en la oportunidad procesal pertinente, esto es, en el lapso de promoción de medios probatorios, el cual no se ha aperturado aún en este Juicio; siendo ello así, resulta obvio para quien suscribe, que el solicitante no ha actuado con sujeción a l.....