Este Tribunal Mixto Tercero de Juicio Compuesto por el abogado SAMER ROMHAIN quien actúa como Juez Presidente y los ESCABINOS Y NORYS MORILLO y JUANITA FRANCO Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley Decreta: por UNIMIDAD que el ciudadano: SANCHEZ MARQUEZ HECTOR DEL CARMEN, titular de la cédula de identidad N° 10.469.309, residenciado en el Rio Arenas, Casa S/N del Estado Sucre, es CULPABLE del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el Artículo 460, en concordancia con el Artículo 80 ambos del Código Penal. De conformidad con los citados artículos que establecen una pena de 8 a 16 años de presidio y de conformidad con el artículo 37 eiusden se establece como termino medio la pena de 12 años de presidio. El artículo 82 relativo al delito en grado de tentativa establece una rebaja de la mitad a dos tercios de la pena, en consecuencia se rebaja a la mitad la pena quedando a cumplir como pena SEIS (6) AÑOS DE PRESIDIO. Se.....