este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado Luís José Valencia Cova, venezolano, natura de Río Caribe, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.113.856, nacido en fecha 23-09-1981, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Luís Valencia y Petra Cova, y residenciado en la Urbanización Canchunchu Viejo, Sector La Planta, Calle Los Mangos, Casa S/N, cerca de la casa del señor Alfredo Albino, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de Esteban Gregorio Lugo Olivier, en virtud de haber operado la Extinción de la Acción Penal, por cumplimiento de las.....