Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana CARMEN MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.360.445, contra la Entidad de Trabajo ALIMENTOS POLAR PLANTA MARIGUITAR, C.A.
SEGUNDO: SE DECLARA la continuidad de la acción de Amparo Constitucional para el ciudadano EDWARD ALEXANDER ZAPATA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-18.775.670.
TERCERO: No hay Condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.
Finalmente, el lapso para recurrir de la presente decisión será dentro de los tres (03) días hábiles siguientes.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo. Dada, sellada y firmada en la Sala del JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DE PR.....