Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad solicitada por la Abg. Lovelia Marcano, en su carácter de Defensora Privada del acusado JOSE GREGORIO CARVAJAL DIAZ, apodado " EL MOROCHO", venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.840.357, Natural de Carúpano. Estado Sucre, soltero, nacido en fecha 21-09-1992, de 24 años de edad, comerciante, hijo de Nicasia Díaz y Miguel Carvajal, Residenciado en la comunidad de playa de sal, sector las azucenas, calle principal, casa S/N, parroquia Santa Catalina. Municipio Bermúdez del Estado Sucre, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y Sancionado en el Articulo 406 ord. 1º en relación con el Articulo 83 ambos del Código penal, en perjuicio de ALEJANDRO JOSE PINTO CAMACHO, y el delito de AGAVILLAMIENTO previst.....