este Tribunal Cuarto de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE POR INFUNDADA Y EXTEMPORANEA LA RECUSACIÓN presentada por la Abogada Mariana Antón, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano LUIS MIGUEL FIGUEROA RENGEL, y así se decide.