este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Extensión Carupano del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, REVOCA EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, que venia haciendo uso y disfrute el ciudadano JOSMAN ANTONIO CARABALLO GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.437.657, soltero y domiciliado en la Calle Junin con Calle Ecuador, N° 231 Carúpano, Estado Sucre, en virtud que el mismo incumplió con las condiciones de prueba el cual fue sometido, decisión que se toma de conformidad con lo previsto en el articulo 512 del Código Organico Procesal Penal. En consecuencia se acuerda expedir BOLETA DE ENCARCELACIÓN, y remitirla al Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas, Seccional Carupano, a los fines de lograr su Captura, e Ingreso al Internado Judicial de esta ciudad a la Orden de éste Tribunal, así librar oficio a las autoridades de Centro de Tratamiento Comunitario.....