es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Asimismo se suspende la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 04 de Noviembre del 2.022, sobre un inmueble constituido por una casa ubicada en La Avenida Carabobo N° 196, Carúpano, Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con propiedad que son o fueron de Antonio Sánchez, con una medida de 37.21 mtrs. SUR: Con propiedades que son o fueron de la Sucesión Fermín, con una medida de 37.21 mts. ESTE: Que es su frente, con la Avenida Carabobo, con una medida de 8.45 mts; y OESTE: Que es su fondo con la sede del Colegio de Profesores Seccional Carúpano, con una medida de 8.9.....