REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 31 de Enero del 2.025.
214° y 165°
Exp. N° 17.841.
DEMANDANTE: ALEIDA FRANCISCA CHIARELLI OLIVIER, titular de la Cédula de Identidad N° 12.428.314.

APODERADO JUDICIAL: Abg. GUILLERMO VÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 167.371.

DOMICILIO PROCESAL: Comunidad de Barrio Sucre, Calle Cautaro, casa s/n, Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

DEMANDADO: JOSÉ FÉLIX DÍAZ JIMENO, titular de la Cédula de Identidad N° 11.435.525.

APODERADO JUDICIAL: No otorgo poder.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Carabobo, casa N° 196, Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

MOTIVO: PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.

Visto el Convenimiento suscrito en fecha 24 de Febrero del 2.023, por las partes intervinientes en el presente juicio y visto igualmente la Homologación dictada por este Tribunal en fecha 01 de Marzo del 2.023, tal como consta a los folios 56al58 del expediente, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Asimismo se suspende la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 04 de Noviembre del 2.022, sobre un inmueble constituido por una casa ubicada en La Avenida Carabobo N° 196, Carúpano, Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con propiedad que son o fueron de Antonio Sánchez, con una medida de 37.21 mtrs. SUR: Con propiedades que son o fueron de la Sucesión Fermín, con una medida de 37.21 mts. ESTE: Que es su frente, con la Avenida Carabobo, con una medida de 8.45 mts; y OESTE: Que es su fondo con la sede del Colegio de Profesores Seccional Carúpano, con una medida de 8.97 mts; con el N° catastral 01-02-26-05, y se encuentra registrado por ante el Registro Público del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha 14 de Agosto del 2.009, quedando inscrito bajo el N° 416.17.3.1.659 al libro de Folio Real del año 2.009. Asimismo se suspende la Medida Preventiva de Embargo decretada sobre un vehículo con las siguientes características: Clase: Automóvil, Placa AA713HR, Serial de Carrocería: 1T69ABV301452, Año 1.981: Modelo Malibú, propiedad del ciudadano: JOSE FELIX DIAZ JIMENO, titular de la Cedula de Identidad N° 11.435.525. Así se decide.
Publíquese la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve
La Juez,

Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Aracelis Teresa Martínez.

Exp. Nro. 17.841.
SGDM/Atm/dr.