En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR, la Apelación interpuesta por la Abogada Gertrudis Marcano Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 41.982, en su carácter de Apoderada Judicial de la Ciudadana Hilda Hernández, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.294.636, contra la Sentencia Definitiva dictada en el presente juicio en fecha 25 de Enero de 2011, por el Juzgado del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre.-
Se CONFIRMA en todas sus partes la sentencia recurrida.-
De conformidad con lo dispuesto en el los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante.-
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