Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente demanda de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en contra del ciudadano BOADIL JOSE MARTÍNEZ TOLEDO, ampliamente identificado en el encabezamiento de la presente sentencia, a favor de sus hijos ... y ..., intentada por la ciudadana ALCIRA ARODYS RODRÍGUEZ BELLO, igualmente identificada ut supra, quedando obligada la parte demandada, a cancelarle a la ciudadana Alcira Arodys Rodríguez Bello, el veinte por ciento (20%) de todos sus ingresos percibidos desde el mes de agosto de 2009 hasta el mes de agosto de 2010, ambos meses inclusive, para lo cual se acuerda practicar una experticia complementaria del fallo, por concepto de mensualidades de Obligación de Manutención no canceladas; to.....