este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS, decretada por este Juzgado, y en consecuencia declara disuelto el matrimonio contraído por los ciudadanos ORANGEL RAFAEL CARDOZO VELASQUEZ y FLOR YASELY ROMERO MARQUEZ; por ante la Prefectura de la Parroquia Altagracia del Municipio Sucre del Estado Sucre, el día 14 de Diciembre de 2001, según acta Nº 436, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 primer aparte del Código Civil. Así se decide.