Acto seguido y vencido como fue el lapso concedido y en virtud de que no existe ningún tipo de impedimento para llevar a cabo la practica de la presente medida, el Tribunal declara Judicial y Ejecutivamente Embargada la cantidad de Once millones novecientos veintitrés mil ochocientos diecisiete Bolívares con seis céntimos (Bs. 11.923.817,06) de la cuenta corriente N° 47-102-0157-0047-50-3747200354, la cual pertenece a la demandada.-