Por los razonamientos anteriormente expuestos esta Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana MARÍA ANGELICA DE LA ROSA, titular de la cédula de identidad v- 4.189.653, debidamente asistido por el ciudadano SALVADOR GALLONI, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 9.327, actuando en su carácter de parte actora en la presente causa; contra el auto dictado por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio No. 01, del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha Veinte (20) de Noviembre de 2.003.
En consecuencia, SE NIEGA la solicitud de la parte demandada de que el Tribunal haga entrega a la demandante, de la totalidad del dinero consignado ante dicho Tribunal, por concepto de la retención del cincuenta por ciento (50%) de sus prestaciones sociales como trabajad.....