ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE CIN SEDE EN LA CIUDAD DE CUMANA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara con lugar la solicitud fiscal y Decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los ciudadanos DERWIN JOSE HERNANDEZ GONZALEZ, apodado "CANDELA", venezolano, natural de Araya, de 20 años edad, nacido de fecha 06/10/1992, titular de la cedula de identidad No. 30078818, soltero, pescador, residenciado en Campeche sector 01, calle principal, casa sin numero, Cumana Estado Sucre, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA y PREMEDITACION, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal; en perjuicio de CRUZ MANUEL JIMENEZ; todo, de conformidad con el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, y artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, declarándose sin lugar lo solicita.....