DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho, que anteceden, este Tribunal Primero de Juicio Unipersonal de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Culpable y en consecuencia SANCIONA a los adolescentes OMISSIS I, venezolano, natural de Yaguaraparo, de 18 años de edad, identificado con la Cédula de Identidad N° 24.839.018, de estado civil soltero, nacido en fecha: 27-05-1992, de Profesión u oficio: Estudiante, hijo de: Juan Ponce y Gabriela Ortega, y Residenciado; Quebrada de la niña casa N° 86, calle la Guardia, Municipio Cajigal Estado Sucre; OMISSIS II, venezolano, natural de Yaguaraparo, de 17 años de edad, identificado con la Cédula de Identidad N° 24.839.494, de estado civil soltero, nacido en fecha: 28-09-1993, de Profesión u oficio: Estudiante y trabaja, (en l.....