ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002490
ASUNTO : RP01-P-2006-002490
AUTO DE MEDIDA SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD
Por todo lo razonamientos antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en la ciudad de Cumaná, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: CON LUGAR la solicitud de Revisión de la Medida de Privación de Libertad, realizara por los profesionales del derecho HERNÁN ORTIZ y CARLOS ZERPA, quienes actúan con el carácter de defensores privado de los imputados ORLANDO GUTIÉRREZ, y JESÚS MARTÍNEZ, y en consecuencia se acuerda las Medidas Cautelares de Privación de Libertad, en contra de los imputados de auto, de conformidad a lo previsto en los numérales 3 y 8 del artículo 256 y 258 del Código Orgánico Procesal Penal, que consisten en presentaciones cada Ocho (8) por la Unidad de Alguacila.....