DISPOSITIVA
En virtud de todo la antes expuesto este tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acoge el pedimento fiscal en consecuencia DECRETA LA DESESTIMACION, de la causa seguida al imputado: Isnalda de Jesús Hernández, venezolano, de 49 años de edad, profesora, titular del cedula de identidad Nro.- 3.826.496, residenciada enm la Urb. Cumana, Tercera, avenida B, manzana 04, casa Nro.- 79, Cumana. Por la presunta comisión del delito de de Lesiones Culposas Leves y Mediana Gravedad, previsto y sancionado en el articulo 418 y 415 en relación con el articulo 422 ordinal 1° del Código Penal vigente para la época, en perjuicio de las ciudadanas: Elina Gonzalez, indocumentada, de 76 años de edad, residenciada en cumana tercera, manzana 04, casa Nro.- 79, Cumana, y Nellys Josefina Hernandez, venezolana, maestra, titular de la cedul.....