este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera pertinente declarar una medida cautelar sustitutiva de libertad a favor del adolescente XXXXXXX, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE previsto en el artículo 405 del Código Penal , en perjuicio de ALFREDO JOSE DURAN, MEDIDA CAUTELAR contenida en el literal "C" DEL ARTICULO 582 DE LA LOPNNA es decir PRESENTACIONES PERIODICAS CADA 15 DIAS POR ANTE LA POLICIA ESTADAL DE ARAYA. Líbrese boleta de Libertad, adjunto a oficio al Centro de Prisión Preventiva de Cumaná. Líbrese oficio al puesto policial de Araya. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, adjunto a oficio, para que continúe la investigación conforme al procedimiento ordinario. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artí.....