Acuerda: Declara con Lugar la Remisión de la Presente causa, seguida en contra del ciudadano “Omisis”, venezolano, mayor de edad, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad V- 17.624.856, nacido en fecha 06-02-1987, soltero, economía informal, hijo Orlando Marín y Fernanda Rodríguez, residenciado en Brisas del Carmen cerca del Bodegón Brisas del carmen, casa S/N, vía Playa Grande, Carúpano, Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, HURTO CALIFICADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículo 458 455 y 277 ambos del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano: FÉLIX RAMÓN HOSPEDALES, DOMINGO LUIS NORIEGA ADRIAN, BENJAMÍN JOSÉ MARCANO RIVERA y EL ESTADO VENEZOLANO. Segundo: Se Decreta el Sobreseimiento Definitivo de la presente causa y su Remisión al Archivo Central de esta Sede Judicial, para su guarda y custodia, de conformidad con lo establecido en el artículo 569, literal “D” en relaci.....