PRIMERO: improcedente la pretensión de tacha de documento público, que intentara el ciudadano Eligio José Marcano, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nr. 11.379.616, con domicilio en la avenida Arismendi, Nro. 88, frente al parque Guaiquerí, Cumaná, municipio Sucre, del estado Sucre, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Freddy González, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 31.794, contra la ciudadana Marlín del Valle García Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.125.927.