En este sentido tenemos, que en la presente causa, el Abogado GUALBERTO RÍOS, pretende el Pago de Honorarios por actuaciones Extrajudiciales realizadas por su persona a la ciudadana ONEIDA ALEJANDRA LEÓN, la cual según señala el actor consistía en elaborar y presentar la demanda de Divorcio de la ciudadana mencionada contra su cónyuge, ciudadano HUMBERTO FERMÍN VÁSQUEZ, demanda que según señala el actor, la demanda de Divorcio no pudo ser presentada porque la ciudadana ONEIDA LEÓN le manifestó que se había reconciliado con su cónyuge, sin embargo considera quien suscribe que los documentos aportados por el Abogado GUALBERTO RÍOS conjuntamente con el libelo de la demanda, no constituyen prueba suficiente de que la ciudadana ONEIDA LEÓN contratara sus servicios profesionales y que en consecuencia deba pagar honorarios profesionales a su persona. Así se decide.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil.....