Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, La Sustitución de la medida de Privación de libertad impuesta a: "OMISSIS"; por la comisión de los delitos de Trafico De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas En La Modalidad De Ocultamiento, Detectación De Municiones De Armas De Fuego, Y Resistencia A La Autoridad tipificados en los artículos 153 de la Ley Orgánica de Drogas; 277 del Código Penal, en relación con el articulo 9 de la Ley de Arma y Explosivos, y 218 del Código Penal, cometido en perjuicio de La Colectividad Y El Estado Venezolano; por el cumplimiento de MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de un (01) año, un (01) mes y ocho (18) días. Quedando obligado a: Presentarse u.....