éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa, y DECLARA en consecuencia la extinción de la Acción Penal a favor del ciudadano OCTAVIO CONCEPCIÓN TOLEDO, venezolano, de 56 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.599.482, de estado civil soltero, nacido en fecha 08-12-1954, de profesión u oficio indefinido y residenciado en Calle La Florida Nº 5, Parroquia Santa Inés de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 46; 49 numeral 7; y 300 numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.