Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor de que Lenin José Salazar, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.305.930, nacido en fecha 11/05/1964, de 45 años de edad, de profesión u oficio pescador, hijo de Pablo Salazar y Mery Bermúdez, y residenciado en el sector Las Casitas de Punta de Piedra, Calle Principal, Casa S/N, cerca del taller Brimar", Margarita, Estado Nueva Esparta, El Beneficio De Suspension Condicional De La Ejecucion De La Pena, que le fuere impuesta por la comisión del delito de Ocultamiento De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Tercer y último aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio.....