este Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a CONDENAR al ciudadano JOSÉ MIGUEL CASTAÑEDA, Venezolano, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.827.824, nacido en Cumaná, nacido en fecha el día 10/05/1972, de oficio indefinido, domiciliado en el Barrio Cruz de la Unión, sector Bajo seco, casa sin número, Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS de prisión, más las accesorias de ley y al pago de las costas procesales; por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del código Penal vigente, en perjuicio del Estado Venezolano; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, se establece como fecha provisional en que la presente pena concluirá, aproximadamente en el año 2012. En cuanto al estado de Privación Judicial Preventiva de Libertad, que pesa so.....