Por todo lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la demanda de VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL, incoada por el abogado RICARDO MARIN INDRIAGO, actuando en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas MARIA DE DESARIO y ANTONIA DE MAGO, contra la ciudadana MAYRA LAREZ URBANO, asistida del abogado GUALBERTO SANTIAGO RIOS, ambas partes identificadas en autos.
En consecuencia se deja sin efecto la Medida de Secuestro, decretada por este Juzgado en fecha del 20 de Julio de 2.005 y practicada en fecha del 04 de Agosto de 2.005, por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Benítez, Libertador y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre.
Se condena en costas a la parte actora por resultar totalmente vencida en la presente causa, de confo.....