DECISION
Por las razones expuestas, este el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la presente demanda.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.
TERCERO: Se ordena a la Gobernación del estado Sucre a cancelarle al ciudadano José Francisco Jiménez Brazón por motivo de la jubilación las pensiones y demás emolumentos retenidos, desde el primero (01) de diciembre de 2010, hasta el treinta y uno (31) de diciembre del 2011, incluyendo los aguinaldos correspondientes a los años 2010 y 2011.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del.....