En consideración a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PRESCRITA la acción por concepto de cobro de prestaciones sociales intentado por el ciudadano OSCAR FELIPE MARCANO en contra de FLOTA INDUSTRIAL PESCA ATUNERA CARIBE, C.A (FIPACA).
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por motivo de ACCIDENTE LABORAL intentada por el ciudadano OSCAR FELIPE MARCANO MARCANO en contra de FLOTA INDUSTRIAL PESCA ATUNERA CARIBE, C.A (FIPACA).
TERCERO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES BOLIVARES CON 75/100 (Bs. 69.693, 75) por las indemnizaciones antes señaladas y determinados en el cuerpo de la sentencia, mas lo que arroje la.....