éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la extinción de la Acción Penal y en consecuencia DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano RAÚL ANTONIO CAMPOS CAMPOS, venezolano, de 37 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.836.531, nacido en fecha 10/05/1974, de profesión u oficio Obrero, soltero, hijo de Alejandrina Campos y Luis José Campos, residenciado actualmente en Sector Altamira, Barrio Bella Vista Arriba, Casa Sin N°, Mariguitar, Municipio Bolívar, Estado Sucre; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 46; 49 numeral 7; y 300 numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.