DECISIÓN
Con Fundamento en los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA NULAS DE NULIDAD ABSOLUTA, de acto de publicación de la sentencia definitiva realizado día siete (07) de enero de dos mil dieciséis (2016); por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre – Extensión Carúpano, en la cual se prescindió del traslado del adolescente D. del V. V. U. (identidad omitida en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), a fin de imponerlo de la sentencia con la cual se le sanciono a cumplir la sanción de CUATRO (04) AÑOS, por la comisión de los delitos de: HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE COOPERADOR INMED.....