Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción de DIVORCIO intentada por la ciudadana MARIBEL JOSEFINA GRANADO ESTABA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.554.889, contra el ciudadano PAVER JOSE SOSA GOITIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.329.507; en consecuencia, quedan disueltos por divorcio en base al Artículo 185 causal 1° del Código Civil. En los términos siguientes:
• Con Lugar el Adulterio según el Articulo 185-A del código Civil donde si se prueba y reconoce tal acción.-
• Sin Lugar el Abandono Voluntario por cuanto no se evidencia tal abandono, motivo que es netamente laboral.
• Sin lugar Los excesos, sevicia e injurias graves que hagan imposible la vida en común, por cuanto que la parte demandante no demos.....