este Tribunal Primero de Juicio administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda el CESE de la MEDIDA DE PROTECCION para la testigo ciudadana YESSICA INMACULADA MOREAU DUCALLIN, titular de la C.I Nº 18.775.265, consistente en custodia policial a cargo de efectivos de la policía del estado Sucre por un lapso DE SEIS (06) MESES a solicitud del Ministerio Público; en tal sentido se ordena oficiar al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, a fin de informarle del Cese del mandato de protección a la ciudadana YESSICA MOREAU DUCALLIN, en virtud de haber transcurrido mas del tiempo por el cual fue acordada la supra mencionada medida de protección.