Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente acción interpuesta por JOSE DEL CARMEN ANFONZO, NELLYS JOSEFINA ASTUDILLO DE CASTAÑEDA, PABLO FRANCISCO FRANCO AGUILERA, CESAR AUGUSTO FIGUEROA, LUIS ANTONIO FERMIN, RAMON FERMIN, ARNOLD SABINO GUZMAN, HIGINIO DEL CARMEN GOMEZ QUIJANO, LIVIO ANASTACIO LEZAMA GUILLEN, ENEIDA LICET PEÑA y CARLOS JOSE RODRIGUEZ OBANDO contra la Providencia Administrativa, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CUMANA DEL ESTADO SUCRE, en fecha 07 de Noviembre del Año 1991.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado.....